1 La Ley de Concursos Mercantiles en vigor, publicada el 12 de mayo del 2000, mantuvo el esp铆ritu de la antigua Ley de Quiebras y Suspensi贸n de Pagos, en el sentido de considerar prioritaria la preservaci贸n de la fuente de trabajo, pero a帽adi贸 un contenido econ贸mico consistente en la conservaci贸n de la cadena productiva integrada por el ElC贸digo de Comercio (Ccom) vigente en sus art铆culos 3o., 4o., y 5o. clasifica al comerciante en personas f铆sicas y morales; las determina a trav茅s de dos enfoques: a las primeras, objetiva y subjetivamente, y a las segundas, de Cuandoel plan de pagos no incluya la realizaci贸n y aplicaci贸n al pago de la deuda exonerable, de la deuda no exonerable o de las nuevas obligaciones del deudor de todos los activos no necesarios para la actividad empresarial o profesional del deudor o de su vivienda habitual, siempre que los acreedores impugnantes representen al menos el 40
Losefectos de la comunicaci贸n de inicio de negociaciones, suspensi贸n de ejecuciones y paralizaci贸n las solicitudes de concurso necesario, se mantienen durante tres meses de negociaci贸n (y posibilidad de tres meses adicionales autorizados judicialmente, art铆culo 607 TRLC) deber谩 haberse superado la situaci贸n de insolvencia
LaLO 8/2003, de modificaci贸n de la LOPJ, introdujo los Juzgados de lo Mercantil (arts. 26 y 86) que, con sede en la capital de Provincia, y con jurisdicci贸n en toda ella, est谩n especializados y ser谩n competentes para conocer del concurso, as铆 como para el conocimiento de determinados asuntos competencia del orden jurisdiccional civil.Lasuspensi贸n de pagos es una situaci贸n que se produce cuando una empresa o comerciante, por falta de liquidez, no puede cubrir la totalidad de sus deudas. Con este procedimiento, regulado en el Derecho Concursal y bajo supervisi贸n judicial, se intenta llegar a un acuerdo entre acreedor y deudor sobre el modo de pagar la deuda wCCX3.